/ miércoles 16 de mayo de 2018

Prisma

Aprueban ley para proteger a adultos mayores


Siempre hemos dicho que en México los adultos mayores “no tenemos futuro alguno”. Basamos nuestro dicho en el sentido de que jamás pueden conseguir empleo “por ser viejos”.

Muchas ocasiones su propia familia los abandona condenándolos a vivir en un ambiente de carencias y abandono total.

Las acciones que realizan los gobiernos a favor de los viejitos son insuficientes para que éstos puedan satisfacer sus necesidades más ingentes, situación que los lleva a vivir en la miseria y en el abandono total. Tenemos entendido que existe una dependencia del gobierno que mensualmente entrega mil pesos a cierto número de personas. Que estemos enterados, no existe ningún otro apoyo. De los muchos problemas que enfrentan, ¿cuántos pueden resolver con mil pesos?

Por ello damos la bienvenida a una iniciativa de reformas al artículo 158 el Código Penal del Estado cuyo propósito es: Ampliar la protección al adulto mayor desde el ámbito penal, reconfigurando los delitos de abandono a esa personas en condiciones de vulnerabilidad.

Otro aspecto relevante del documento -cuya autoría es del diputado Carlos Alberto Torres-que ya fue avalada por el gobernador Francisco Vega de Lamadrid, una vez que la Legislatura estatal lo aprobó, para efectos de su promulgación y publicación en el Periódico Oficial.

Contempla a los sujetos activos del ilícito e incluye a cualquier persona a quien haya sido confiada la guarda y protección del adulto mayor de 60 años; prevé además como conducta penal no solo el abandono de quien se encuentre en situación de enfermedad o incapacidad, sino de todo aquel que esté imposibilitado para satisfacer por sí mismo necesidades de subsistencia, como hospedaje, higiene, salud, alimentación o cualquier otra.

Advierte además que la comisión del delito en contra de los adultos mayores se perseguirá de manera oficiosa y podrá ser denunciado por cualquier persona ante el Ministerio Público.

A quien se haya confiado la guarda y protección de una persona de 60 años o más de edad en situación de dependencia, en asilo, casa hogar, estancia o cualquier institución pública o privada que proporcione cuidados geriátricos, la someta a condición de abandono al no proporcionarle los elementos necesarios para brindar asistencia y proveer la adecuada manutención del adulto mayor, se le impondrá una pena de 1 a 4 años de prisión.

Un modesto voceador de periódicos nos preguntó un día: ¿Qué puedo hacer para que mis hijos que viven bien en Estados Unidos me ayuden? Ojalá que el nuevo ordenamiento pueda resolver su problema.

Aprueban ley para proteger a adultos mayores


Siempre hemos dicho que en México los adultos mayores “no tenemos futuro alguno”. Basamos nuestro dicho en el sentido de que jamás pueden conseguir empleo “por ser viejos”.

Muchas ocasiones su propia familia los abandona condenándolos a vivir en un ambiente de carencias y abandono total.

Las acciones que realizan los gobiernos a favor de los viejitos son insuficientes para que éstos puedan satisfacer sus necesidades más ingentes, situación que los lleva a vivir en la miseria y en el abandono total. Tenemos entendido que existe una dependencia del gobierno que mensualmente entrega mil pesos a cierto número de personas. Que estemos enterados, no existe ningún otro apoyo. De los muchos problemas que enfrentan, ¿cuántos pueden resolver con mil pesos?

Por ello damos la bienvenida a una iniciativa de reformas al artículo 158 el Código Penal del Estado cuyo propósito es: Ampliar la protección al adulto mayor desde el ámbito penal, reconfigurando los delitos de abandono a esa personas en condiciones de vulnerabilidad.

Otro aspecto relevante del documento -cuya autoría es del diputado Carlos Alberto Torres-que ya fue avalada por el gobernador Francisco Vega de Lamadrid, una vez que la Legislatura estatal lo aprobó, para efectos de su promulgación y publicación en el Periódico Oficial.

Contempla a los sujetos activos del ilícito e incluye a cualquier persona a quien haya sido confiada la guarda y protección del adulto mayor de 60 años; prevé además como conducta penal no solo el abandono de quien se encuentre en situación de enfermedad o incapacidad, sino de todo aquel que esté imposibilitado para satisfacer por sí mismo necesidades de subsistencia, como hospedaje, higiene, salud, alimentación o cualquier otra.

Advierte además que la comisión del delito en contra de los adultos mayores se perseguirá de manera oficiosa y podrá ser denunciado por cualquier persona ante el Ministerio Público.

A quien se haya confiado la guarda y protección de una persona de 60 años o más de edad en situación de dependencia, en asilo, casa hogar, estancia o cualquier institución pública o privada que proporcione cuidados geriátricos, la someta a condición de abandono al no proporcionarle los elementos necesarios para brindar asistencia y proveer la adecuada manutención del adulto mayor, se le impondrá una pena de 1 a 4 años de prisión.

Un modesto voceador de periódicos nos preguntó un día: ¿Qué puedo hacer para que mis hijos que viven bien en Estados Unidos me ayuden? Ojalá que el nuevo ordenamiento pueda resolver su problema.