/ sábado 6 de febrero de 2021

Aprueban facultar a los padres de familia para elegir el orden de apellidos de sus hijos

La Comisión de Justicia del Congreso avaló de manera unánime el proyecto

Mexicali.- La Comisión de Justicia del Congreso local, que preside el diputado Víctor Manuel Morán Hernández avaló de manera unánime el proyecto de dictamen que contiene reformas los artículos 3, 7, 21, 31 y 36 de la Ley de la Familia del Estado, a fin de que los padres de familia puedan decidir el orden de los apellidos de sus hijos, pudiendo ser en forma indistinta el paterno o materno.

En su exposición de motivos, el inicialista diputado Víctor Morán Hernández, argumentó que lo anterior es con la finalidad de respetar el interés superior de la niñez en la toma de decisiones sobre su educación y crianza. Así como lograr la protección reforzada en los derechos e intereses de los menores, tutelando a la niñez para que de verdad se logren generar las condiciones apropiadas para favorecer en la mayor medida posible su desarrollo integral.

Asimismo, este órgano dictaminador aprobó la iniciativa del diputado Fausto Gallardo García, la cual, reforma el artículo 65 de la Ley de Turismo, con el propósito de establecer la obligación para los prestadores de servicios turísticos, de informar a las autoridades sanitarias, respecto a la presencia de personas con síntomas propios de enfermedades infectocontagiosas, en momentos de emergencias sanitarias.

En ese sentido, queda establecido que los prestadores de servicios turísticos avisarán a las autoridades correspondientes de los ciudadanos que presenten síntomas de este tipo de enfermedades, esto con la intención de evitar la propagación y proteger la salud de la población.

La Comisión de Justicia dio el sí también al proyecto de dictamen que reforma a los artículos 34 del Código Penal y 1793 del Código Civil del Estado, para determinar penas y sanciones proporcionales en la reparación del daño, eliminando de las codificaciones (penal y civil) los factores que multiplican el monto de la unidad de medida en el cálculo de indemnización por daños corporales.

En la sesión de la Comisión legislativa estuvieron las y los legisladores integrantes Víctor Manuel Morán Hernández, presidente; Ramón Vázquez Valadez, secretario, y los vocales Araceli Geraldo Núñez; Eva María Vásquez Hernández y Rodrigo Anibal Otáñez Licona.

Mexicali.- La Comisión de Justicia del Congreso local, que preside el diputado Víctor Manuel Morán Hernández avaló de manera unánime el proyecto de dictamen que contiene reformas los artículos 3, 7, 21, 31 y 36 de la Ley de la Familia del Estado, a fin de que los padres de familia puedan decidir el orden de los apellidos de sus hijos, pudiendo ser en forma indistinta el paterno o materno.

En su exposición de motivos, el inicialista diputado Víctor Morán Hernández, argumentó que lo anterior es con la finalidad de respetar el interés superior de la niñez en la toma de decisiones sobre su educación y crianza. Así como lograr la protección reforzada en los derechos e intereses de los menores, tutelando a la niñez para que de verdad se logren generar las condiciones apropiadas para favorecer en la mayor medida posible su desarrollo integral.

Asimismo, este órgano dictaminador aprobó la iniciativa del diputado Fausto Gallardo García, la cual, reforma el artículo 65 de la Ley de Turismo, con el propósito de establecer la obligación para los prestadores de servicios turísticos, de informar a las autoridades sanitarias, respecto a la presencia de personas con síntomas propios de enfermedades infectocontagiosas, en momentos de emergencias sanitarias.

En ese sentido, queda establecido que los prestadores de servicios turísticos avisarán a las autoridades correspondientes de los ciudadanos que presenten síntomas de este tipo de enfermedades, esto con la intención de evitar la propagación y proteger la salud de la población.

La Comisión de Justicia dio el sí también al proyecto de dictamen que reforma a los artículos 34 del Código Penal y 1793 del Código Civil del Estado, para determinar penas y sanciones proporcionales en la reparación del daño, eliminando de las codificaciones (penal y civil) los factores que multiplican el monto de la unidad de medida en el cálculo de indemnización por daños corporales.

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