/ martes 1 de enero de 2019

Beneficios de decreto no son generalizados

En cuanto a una reducción del Impuesto al Valor Agregado y del Impuesto Sobre la Renta

Los beneficios del Decreto de Estímulos Fiscales para esta región, publicado el último día de 2018, no serán generalizados a todos los contribuyentes, en cuanto a una reducción del Impuesto al Valor Agregado y del Impuesto Sobre la Renta. El especialista contable, Jaime Dávila Galván, explicó que en el ISR hay un estímulo, el impuesto era de un 30%, quienes accedan al beneficio éste solo pagarán el 20%.

“Este estímulo va dirigido prácticamente a las empresas, Personas Morales y Personas Físicas con actividad empresarial; no aplica a las personas por salarios, a las pequeñas y medianas empresas del Régimen de Incorporación Fiscal (las tienditas… talleres)”. Va dirigido a los grandes contribuyentes y tiene como requisitos inscribirse en un padrón del SAT, con vigencia de dos años. “Es un avance, lo que pasa es que la parte política está muy fuerte ahorita… que si se cumplió o no la promesa de campaña (de Andrés Manuel López Obrador), yo veo muchos beneficios en la baja del ISR, se dejó a mucha gente fuera, pero bajar un 10% a la empresa, claro que es beneficio”. IVA.

En cuanto a la disminución del IVA del 16% al 8%, dejan fuera a los importadores, a la enajenación de bienes inmuebles, como es al comprar un terreno; además, los contenidos digitales de audio y video (cualquier aplicación o servicio en red). Condicionan a que el bien o el servicio sea entregado en la zona fronteriza norte; en el caso de Baja California son los cinco municipios. “Se va a dar una situación complicada, si yo soy importador hago el trámite en la aduana, yo voy a pagar el 16% (del IVA), si yo me acojo a la opción de cobrarte el 8%, yo como empresa tendré un diferencial del 8%”.

“Yo como empresario diría ‘no me conviene acogerme al decreto”, porque ese 8% de diferencial a mí me cuesta financieramente, tendría que solicitarle devolución al SAT, y tarda muchísimos meses en devolver el impuesto”. “Lo más seguro es que el empresario va a decidir cobrarte el 16%, porque contigo lo recupera de inmediato”. Cada empresa en lo particular va a tener que hacer un análisis si se acoge o no se acoge al decreto, dependiendo la tasa que pague por sus productos, que la mayoría son de importación. Dijo que en el recibo de la energía eléctrica sí se verá un beneficio del descuento del 8% del IVA. Además, que desde su perspectiva habría sido mejor que el IVA bajara de 16% al 12% o 13% generalizado, que un 8% segmentado.

Los beneficios del Decreto de Estímulos Fiscales para esta región, publicado el último día de 2018, no serán generalizados a todos los contribuyentes, en cuanto a una reducción del Impuesto al Valor Agregado y del Impuesto Sobre la Renta. El especialista contable, Jaime Dávila Galván, explicó que en el ISR hay un estímulo, el impuesto era de un 30%, quienes accedan al beneficio éste solo pagarán el 20%.

“Este estímulo va dirigido prácticamente a las empresas, Personas Morales y Personas Físicas con actividad empresarial; no aplica a las personas por salarios, a las pequeñas y medianas empresas del Régimen de Incorporación Fiscal (las tienditas… talleres)”. Va dirigido a los grandes contribuyentes y tiene como requisitos inscribirse en un padrón del SAT, con vigencia de dos años. “Es un avance, lo que pasa es que la parte política está muy fuerte ahorita… que si se cumplió o no la promesa de campaña (de Andrés Manuel López Obrador), yo veo muchos beneficios en la baja del ISR, se dejó a mucha gente fuera, pero bajar un 10% a la empresa, claro que es beneficio”. IVA.

En cuanto a la disminución del IVA del 16% al 8%, dejan fuera a los importadores, a la enajenación de bienes inmuebles, como es al comprar un terreno; además, los contenidos digitales de audio y video (cualquier aplicación o servicio en red). Condicionan a que el bien o el servicio sea entregado en la zona fronteriza norte; en el caso de Baja California son los cinco municipios. “Se va a dar una situación complicada, si yo soy importador hago el trámite en la aduana, yo voy a pagar el 16% (del IVA), si yo me acojo a la opción de cobrarte el 8%, yo como empresa tendré un diferencial del 8%”.

“Yo como empresario diría ‘no me conviene acogerme al decreto”, porque ese 8% de diferencial a mí me cuesta financieramente, tendría que solicitarle devolución al SAT, y tarda muchísimos meses en devolver el impuesto”. “Lo más seguro es que el empresario va a decidir cobrarte el 16%, porque contigo lo recupera de inmediato”. Cada empresa en lo particular va a tener que hacer un análisis si se acoge o no se acoge al decreto, dependiendo la tasa que pague por sus productos, que la mayoría son de importación. Dijo que en el recibo de la energía eléctrica sí se verá un beneficio del descuento del 8% del IVA. Además, que desde su perspectiva habría sido mejor que el IVA bajara de 16% al 12% o 13% generalizado, que un 8% segmentado.

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