/ miércoles 24 de octubre de 2018

Cambia IMSS de régimen a trabajadores sin avisarles

Son órdenes que recibieron los trabajadores del IMSS, pero que nunca lo van a reconocer.

Aunque no es algo muy conocido, se han presentado casos en que el IMSS cambia el número del seguro social a los trabajadores, con el fin que estos queden bajo el régimen de la ley de 1997 con lo que tienen que cotizar por más del doble de años que en la ley de 1973, manifestó la asesora Olivia Luna Rodríguez.

Olivia Luna Rodríguez, Consultora en Seguridad Social, expuso que se han encontrado casos en los que un trabajador que empezó a cotizar bajo la ley de 1973, al momento de cambiar de patrón, le cambian el número del seguro social, con el fin de que empiece a cotizar bajo la ley de 1997, lo que va en su perjuicio.

Mencionó que son órdenes que recibieron los trabajadores del IMSS, pero que nunca lo van a reconocer. Es por ello que es necesario que los trabajadores se cercioren de su situación, ingresen al portal del IMSS Digital para que busquen cuántas semanas llevan cotizadas.

Al momento de hacer la búsqueda, se pueden topar con que cuentan con dos números de seguridad social diferentes, uno que esté bajo el amparo de la ley de 1973 y otro de la ley de 1997, por ello es necesario hacer el trámite para sumar el total de semanas cotizadas.

Por lo regular en el IMSS van a querer que las semanas de la ley del 73 se sumen a las del 97, para que queden bajo este último régimen. Sin embargo, lo que se debe pelear es que las semanas cotizadas bajo la ley del 97 se sumen a las del 73 y así gozar de los beneficios de este régimen.



Dos regímenes

Luna Rodríguez comentó que en la actualidad, los trabajadores se pueden jubilar bajo el amparo de dos versiones de la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), la de 1973 y la de 1997.

Todos los trabajadores que hayan iniciado su cotización hasta o antes del 30 de junio de 1997, estarán bajo el régimen de la ley de 1973, mientras que quienes iniciaron su cotización a partir del 1 de julio de 1997 a la fecha, son regidos por la ley de 1997, pero este régimen va en perjuicio del trabajador.

Las personas que se encuentran bajo la Ley de 1973 se pensionan por derecho, deben sumar 500 semanas cotizadas mínimo (casi 10 años) y 60 años de edad como mínimo. Todos aquellos que son de la nueva ley de 1997, se podrán jubilar al haber cotizado por mil 250 semanas como mínimo, es decir, casi 25 años de vida laboral, con 60 años de edad como mínimo.



Otra de las diferencias es que la Constitución protege a quienes se encuentran en el régimen de la ley de 1973, mientras que a partir de la ley de 1997, son pensiones privadas, porque el trabajador la compra con lo que tiene ahorrado en su fondo de retiro.

Todos quienes están bajo el régimen de la Ley de 1973 tienen que empezar a revisar su estatus en cuanto a semanas cotizadas y empezar a tomar medidas, para esto, pueden ir a las oficinas de la subdelegación del IMSS, o bien, entrar a la aplicación por internet IMSS Digital.


Aunque no es algo muy conocido, se han presentado casos en que el IMSS cambia el número del seguro social a los trabajadores, con el fin que estos queden bajo el régimen de la ley de 1997 con lo que tienen que cotizar por más del doble de años que en la ley de 1973, manifestó la asesora Olivia Luna Rodríguez.

Olivia Luna Rodríguez, Consultora en Seguridad Social, expuso que se han encontrado casos en los que un trabajador que empezó a cotizar bajo la ley de 1973, al momento de cambiar de patrón, le cambian el número del seguro social, con el fin de que empiece a cotizar bajo la ley de 1997, lo que va en su perjuicio.

Mencionó que son órdenes que recibieron los trabajadores del IMSS, pero que nunca lo van a reconocer. Es por ello que es necesario que los trabajadores se cercioren de su situación, ingresen al portal del IMSS Digital para que busquen cuántas semanas llevan cotizadas.

Al momento de hacer la búsqueda, se pueden topar con que cuentan con dos números de seguridad social diferentes, uno que esté bajo el amparo de la ley de 1973 y otro de la ley de 1997, por ello es necesario hacer el trámite para sumar el total de semanas cotizadas.

Por lo regular en el IMSS van a querer que las semanas de la ley del 73 se sumen a las del 97, para que queden bajo este último régimen. Sin embargo, lo que se debe pelear es que las semanas cotizadas bajo la ley del 97 se sumen a las del 73 y así gozar de los beneficios de este régimen.



Dos regímenes

Luna Rodríguez comentó que en la actualidad, los trabajadores se pueden jubilar bajo el amparo de dos versiones de la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), la de 1973 y la de 1997.

Todos los trabajadores que hayan iniciado su cotización hasta o antes del 30 de junio de 1997, estarán bajo el régimen de la ley de 1973, mientras que quienes iniciaron su cotización a partir del 1 de julio de 1997 a la fecha, son regidos por la ley de 1997, pero este régimen va en perjuicio del trabajador.

Las personas que se encuentran bajo la Ley de 1973 se pensionan por derecho, deben sumar 500 semanas cotizadas mínimo (casi 10 años) y 60 años de edad como mínimo. Todos aquellos que son de la nueva ley de 1997, se podrán jubilar al haber cotizado por mil 250 semanas como mínimo, es decir, casi 25 años de vida laboral, con 60 años de edad como mínimo.



Otra de las diferencias es que la Constitución protege a quienes se encuentran en el régimen de la ley de 1973, mientras que a partir de la ley de 1997, son pensiones privadas, porque el trabajador la compra con lo que tiene ahorrado en su fondo de retiro.

Todos quienes están bajo el régimen de la Ley de 1973 tienen que empezar a revisar su estatus en cuanto a semanas cotizadas y empezar a tomar medidas, para esto, pueden ir a las oficinas de la subdelegación del IMSS, o bien, entrar a la aplicación por internet IMSS Digital.


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