/ sábado 31 de agosto de 2024

Dan revés a Dagnino en el Tribunal Federal

Contrincantes alegan violación al principio de cadena de custodia de las actas de la elección

La Sala Guadalajara del Tribunal Federal Electoral, revocó la sentencia del Tribunal de Justicia Electoral del Estado, en la que éste desechó los alegatos del PVEM, PT y MC, respecto a la validez de la elección a munícipes de San Felipe, realizada el 2 de junio.

En esos comicios salió vencedor el candidato de Morena y actual presidente del Concejo Municipal Fundacional, José Luis Dagnino, quedando en un estrecho margen con el segundo lugar, la candidata del PVEM, Adriana López Quintero.

La Sala Guadalajara resolvió los juicios de revisión constitucional electoral 252, 253 y 254, promovidos por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Partido del Trabajo (PT) y Movimiento Ciudadano, contra la resolución del Tribunal electoral local, que desechó las demandas interpuestas por los citados partidos.

El Tribunal local también modificó el cómputo de la elección a munícipes de San Felipe y confirmó el acuerdo emitido por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral (IEE), respecto a la declaración de validez de la elección y la entrega de la constancia de mayoría respectiva, la cual recibió Dagnino el 13 de junio.

Los integrantes de la Sala Guadalajara consideraron los agravios del PT y MC como fundados, porque contrario a lo resuelto, las demandas no son extemporáneas, ya que se presentaron en el plazo legal.

Es por ello que la Sala Guadalajara revocó la sentencia del Tribunal local, para que éste analice de nuevo y de forma conjunta, todos y cada uno de los planteamientos expuestos por las partes actoras de la instancia local, incluyendo los promoventes de los juicios federales.

JUEGO NUEVO

Enrique Acosta Fregoso, abogado de López Quintero, comentó que “es juego nuevo, quedó sin efecto la sentencia del Tribunal de Baja California”.

Explicó que el PVEM, PT y MC interpusieron recursos contra la elección de San Felipe, pidiendo la nulidad de los comicios, por un concepto que se llama violación al principio de cadena de custodia.

“Esto significa que nosotros decimos que se violó la protección de los paquetes electorales hasta su llegada al Distrito V en Mexicali, porque las actas de la jornada electoral se perdieron”.

Es por lo anterior que interpusieron el recurso, pero el Tribunal local determinó que no tenían razón, nomás declaró la nulidad de dos casillas, y desechó los demás recursos.

Es por ello que fueron a la Sala Guadalajara, porque el Tribunal determinó que los recursos del PT y MC fueron presentados fuera de término, extemporáneamente, por lo que no analizaron de fondo los expedientes.

Pero hay muchas pruebas de las violaciones, una de ellas es una acta del fedatario público del V Distrito, que es el que recibe los paquetes electorales y éste dice que estuvo en San Felipe el día de la elección desde las 6:00 de la tarde hasta las 5:30 de la mañana del día siguiente y los trasladó a Mexicali sin problema.

Pero esa misma persona, de las 8:00 de la noche del día de la elección a las 6:00 de la mañana del día siguiente se encontraba en Mexicali levantando un acta también y recibiendo los paquetes electorales del V Distrito.

“Entonces le decimos al Tribunal, pues mira, cómo pudo haber levantado dos actas, al mismo tiempo a 187 kilómetros de distancia; pero no entraron a valorar esas pruebas porque desecharon los recursos”.

Es por ello que la Sala Guadalajara le dice al Tribunal local que le revoca la sentencia y que admita los recursos y las pruebas, las valore y dicte una nueva resolución, por lo que dentro de una semana tendrán que emitir una nueva sentencia, valorando todos los recursos del PVEM, PT y MC.

Y si el Tribunal local decide seguir desechando estos recursos, volverán a acudir a la Sala Guadalajara, aseveró Acosta Fregoso.

La Sala Guadalajara del Tribunal Federal Electoral, revocó la sentencia del Tribunal de Justicia Electoral del Estado, en la que éste desechó los alegatos del PVEM, PT y MC, respecto a la validez de la elección a munícipes de San Felipe, realizada el 2 de junio.

En esos comicios salió vencedor el candidato de Morena y actual presidente del Concejo Municipal Fundacional, José Luis Dagnino, quedando en un estrecho margen con el segundo lugar, la candidata del PVEM, Adriana López Quintero.

La Sala Guadalajara resolvió los juicios de revisión constitucional electoral 252, 253 y 254, promovidos por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Partido del Trabajo (PT) y Movimiento Ciudadano, contra la resolución del Tribunal electoral local, que desechó las demandas interpuestas por los citados partidos.

El Tribunal local también modificó el cómputo de la elección a munícipes de San Felipe y confirmó el acuerdo emitido por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral (IEE), respecto a la declaración de validez de la elección y la entrega de la constancia de mayoría respectiva, la cual recibió Dagnino el 13 de junio.

Los integrantes de la Sala Guadalajara consideraron los agravios del PT y MC como fundados, porque contrario a lo resuelto, las demandas no son extemporáneas, ya que se presentaron en el plazo legal.

Es por ello que la Sala Guadalajara revocó la sentencia del Tribunal local, para que éste analice de nuevo y de forma conjunta, todos y cada uno de los planteamientos expuestos por las partes actoras de la instancia local, incluyendo los promoventes de los juicios federales.

JUEGO NUEVO

Enrique Acosta Fregoso, abogado de López Quintero, comentó que “es juego nuevo, quedó sin efecto la sentencia del Tribunal de Baja California”.

Explicó que el PVEM, PT y MC interpusieron recursos contra la elección de San Felipe, pidiendo la nulidad de los comicios, por un concepto que se llama violación al principio de cadena de custodia.

“Esto significa que nosotros decimos que se violó la protección de los paquetes electorales hasta su llegada al Distrito V en Mexicali, porque las actas de la jornada electoral se perdieron”.

Es por lo anterior que interpusieron el recurso, pero el Tribunal local determinó que no tenían razón, nomás declaró la nulidad de dos casillas, y desechó los demás recursos.

Es por ello que fueron a la Sala Guadalajara, porque el Tribunal determinó que los recursos del PT y MC fueron presentados fuera de término, extemporáneamente, por lo que no analizaron de fondo los expedientes.

Pero hay muchas pruebas de las violaciones, una de ellas es una acta del fedatario público del V Distrito, que es el que recibe los paquetes electorales y éste dice que estuvo en San Felipe el día de la elección desde las 6:00 de la tarde hasta las 5:30 de la mañana del día siguiente y los trasladó a Mexicali sin problema.

Pero esa misma persona, de las 8:00 de la noche del día de la elección a las 6:00 de la mañana del día siguiente se encontraba en Mexicali levantando un acta también y recibiendo los paquetes electorales del V Distrito.

“Entonces le decimos al Tribunal, pues mira, cómo pudo haber levantado dos actas, al mismo tiempo a 187 kilómetros de distancia; pero no entraron a valorar esas pruebas porque desecharon los recursos”.

Es por ello que la Sala Guadalajara le dice al Tribunal local que le revoca la sentencia y que admita los recursos y las pruebas, las valore y dicte una nueva resolución, por lo que dentro de una semana tendrán que emitir una nueva sentencia, valorando todos los recursos del PVEM, PT y MC.

Y si el Tribunal local decide seguir desechando estos recursos, volverán a acudir a la Sala Guadalajara, aseveró Acosta Fregoso.

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