/ viernes 23 de agosto de 2019

Niega Corte amparos por compensación

El beneficio universal permitía pagar adeudos fiscales contra los saldos a favor existentes; ahora esto se tendrá que hacer en efectivo

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró improcedentes los amparos solicitados por empresarios que pedían regresara el esquema de compensación universal, informó la presidenta del Colegio de Contadores Públicos de Mexicali. María Elena Douglas del Toro señaló que se habla de 2 mil 200 a 3 mil amparos provisionales que se dieron a nivel nacional, luego de la publicación de la Ley de Ingresos de la Federación que entró en vigor el 1 de enero de 2019.

La Segunda Sala de la SCJN argumentó que eliminar la compensación universal obedece a la finalidad de evitar prácticas de evasión fiscal. Ese beneficio permitía pagar adeudos fiscales contra los saldos a favor existentes; ahora esto se tendrá que hacer en efectivo.

SUSPENSIÓN PROVISIONAL

Douglas del Toro explicó que quienes obtuvieron suspensión provisional no pierden el derecho en automático. Todavía podrán compensar sus impuestos contra los saldos a favor y será ahora el Servicio de Administración Tributaria (SAT) el que a través de medios de defensa tendrá que solicitarle al juez que revoque esa suspensión, explicó.

De esta forma exigirá al contribuyente que estaba amparado y se le había concedido esa suspensión, deje de compensar y pague en efectivo. “Estamos hablando de que ya es todo un proceso en donde ahora quien se debe de defender es el SAT, pues debe de iniciar todo un pleito para que el contribuyente acate esa resolución de la Suprema Corte”.

Detalló que hay contribuyentes a los que sí se les concedió la suspensión provisional de la eliminación de la compensación universal.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró improcedentes los amparos solicitados por empresarios que pedían regresara el esquema de compensación universal, informó la presidenta del Colegio de Contadores Públicos de Mexicali. María Elena Douglas del Toro señaló que se habla de 2 mil 200 a 3 mil amparos provisionales que se dieron a nivel nacional, luego de la publicación de la Ley de Ingresos de la Federación que entró en vigor el 1 de enero de 2019.

La Segunda Sala de la SCJN argumentó que eliminar la compensación universal obedece a la finalidad de evitar prácticas de evasión fiscal. Ese beneficio permitía pagar adeudos fiscales contra los saldos a favor existentes; ahora esto se tendrá que hacer en efectivo.

SUSPENSIÓN PROVISIONAL

Douglas del Toro explicó que quienes obtuvieron suspensión provisional no pierden el derecho en automático. Todavía podrán compensar sus impuestos contra los saldos a favor y será ahora el Servicio de Administración Tributaria (SAT) el que a través de medios de defensa tendrá que solicitarle al juez que revoque esa suspensión, explicó.

De esta forma exigirá al contribuyente que estaba amparado y se le había concedido esa suspensión, deje de compensar y pague en efectivo. “Estamos hablando de que ya es todo un proceso en donde ahora quien se debe de defender es el SAT, pues debe de iniciar todo un pleito para que el contribuyente acate esa resolución de la Suprema Corte”.

Detalló que hay contribuyentes a los que sí se les concedió la suspensión provisional de la eliminación de la compensación universal.

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