/ viernes 5 de julio de 2024

Plantean crear carriles para bicicletas en Baja California

Sin embargo, no todas las vialidades serán compatibles a la incorporación de ciclovías por lo tanto no en todas las calles habrá espacios para movilidad a través de bicicletas

Mediante la aprobación de la iniciativa de reforma al artículo 161 de la Ley de Desarrollo Urbano de Baja California se plantea destinar carriles de circulación para bicicletas y estacionamientos exclusivos para las mismas.

En la exposición de motivos se menciona que lo que establece la constitución, toda persona tiene derecho a la movilidad en condición de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad.

Así mismo, en el artículo 7 de la constitución política local se establece que todo habitante en el estado, tiene derecho de disfrutar una movilidad segura en las vialidades del estado lo cual es un derecho de toda persona.

Por lo tanto, la ley deberá establecer bases y programas para garantizar la seguridad vial del peatón, conductor y pasajero en las distintas modalidades de transporte público, o privado incluyendo el no motorizado.

La reforma de ley plantea que se integre una estructura vial para la movilidad y circulación de bicicletas y sus estacionamientos, con el fin de que sean utilizados como un medio de transporte y minimizar con ello la contaminación del medio ambiente, los riesgos de tránsito y mejorar la calidad de vida.

Por su parte Fernando Velarde director de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo indicó que no en todos los casos de vialidades serán compatibles a la incorporación de ciclovías por lo tanto no en todas las calles habrá espacios para movilidad a través de bicicletas.

Con las observaciones planteadas fue aprobado el dictamen 11 en la sesión virtual de la comisión de Desarrollo Metropolitano, Conurbación, Infraestructura, Movilidad, Comunicaciones y Transportes con 6 votos a favor cero votos en contra y ninguna abstención.

Finalmente, esta iniciativa de reforma todavía se tiene que votar a favor o en contra ante el total de los diputados ante el pleno del congreso del estado, para posteriormente ser publicada en el Periódico Oficial del Estado (POE).

Mediante la aprobación de la iniciativa de reforma al artículo 161 de la Ley de Desarrollo Urbano de Baja California se plantea destinar carriles de circulación para bicicletas y estacionamientos exclusivos para las mismas.

En la exposición de motivos se menciona que lo que establece la constitución, toda persona tiene derecho a la movilidad en condición de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad.

Así mismo, en el artículo 7 de la constitución política local se establece que todo habitante en el estado, tiene derecho de disfrutar una movilidad segura en las vialidades del estado lo cual es un derecho de toda persona.

Por lo tanto, la ley deberá establecer bases y programas para garantizar la seguridad vial del peatón, conductor y pasajero en las distintas modalidades de transporte público, o privado incluyendo el no motorizado.

La reforma de ley plantea que se integre una estructura vial para la movilidad y circulación de bicicletas y sus estacionamientos, con el fin de que sean utilizados como un medio de transporte y minimizar con ello la contaminación del medio ambiente, los riesgos de tránsito y mejorar la calidad de vida.

Por su parte Fernando Velarde director de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo indicó que no en todos los casos de vialidades serán compatibles a la incorporación de ciclovías por lo tanto no en todas las calles habrá espacios para movilidad a través de bicicletas.

Con las observaciones planteadas fue aprobado el dictamen 11 en la sesión virtual de la comisión de Desarrollo Metropolitano, Conurbación, Infraestructura, Movilidad, Comunicaciones y Transportes con 6 votos a favor cero votos en contra y ninguna abstención.

Finalmente, esta iniciativa de reforma todavía se tiene que votar a favor o en contra ante el total de los diputados ante el pleno del congreso del estado, para posteriormente ser publicada en el Periódico Oficial del Estado (POE).

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