/ jueves 24 de septiembre de 2020

Videograbaciones del SAT son sumamente peligrosas

Si las hacen desde teléfonos celulares, se convierten en inconstitucionales

Las videograbaciones que podrán hacer los auditores del SAT son sumamente peligrosas, y si las hacen desde teléfonos celulares, se convierten en inconstitucionales, además, pueden grabar declaraciones, pero también bienes, personas y hasta procesos industriales.

Lo anterior lo manifestó el abogado fiscalista Adolfo Solís Farías, al hacer referencia a la miscelánea fiscal de la federación para el 2021, en la que propone una reforma al Código Fiscal de la Federación, para que los auditores puedan fotografiar o tomar video de los contribuyentes durante las auditorías.

Las videograbaciones que se van a aplicar a partir del 2021, la toma de fotografías de los domicilios de las personas, son sumamente peligrosos, aseguró el fiscalista.

“Ya que si bien, la norma está acotada dirigirse a videograbar, a tomar fotografías de los bienes, los activos que se tengan en una empresa, lo cierto es que la mayor preocupación, es que los auditores van a estar grabando todo el interior de los domicilios de las empresas.

“Mi primer pregunta es ¿con qué van a grabar?, ¿con sus teléfonos personales?, aunque después transmitan esa información al fisco, y aunque el fisco lo conserve, se quedó en el teléfono particular del notificador o del verificador y eso es sumamente peligroso”.

La segunda cuestión es que cuando se haga la videograbación, la mayor preocupación es que si adentro de las empresas hay personas, se graben sus rostros, eso implica una afectación a terceros que es sumamente delicada, que está invadiendo la privacidad de un particular que no es el auditado.

Un tercer elemento es que esa videograbación va a plasmarse en actas, aseveró Solís Farías.

El cuarto elemento, esa videograbación si se plasma en acta, va a servir para el ejercicio de la acción penal, para corroborar la existencia de los bienes, para corroborar la existencia de las personas que había dentro del domicilio fiscal, para pedir cuentas e identificarlas.

“En realidad, la videograbación es una invasión a la privacidad, no solo de la empresa revisada, sino a la privacidad de los terceros que se encuentren dentro del mismo, es una violación a los procesos industriales ques e tengan y que son confidenciales y que no se pueden revelar.

“Yes una violación directa a la Constitución el hecho de que se trate de utilizar teléfonos particulares de los auditores para hacer esta gestión, eso me parece que es un retroceso, no abona en nada, no se ganará nada, lo que se tendrá es mayor inseguridad jurídica”.

Las videograbaciones que podrán hacer los auditores del SAT son sumamente peligrosas, y si las hacen desde teléfonos celulares, se convierten en inconstitucionales, además, pueden grabar declaraciones, pero también bienes, personas y hasta procesos industriales.

Lo anterior lo manifestó el abogado fiscalista Adolfo Solís Farías, al hacer referencia a la miscelánea fiscal de la federación para el 2021, en la que propone una reforma al Código Fiscal de la Federación, para que los auditores puedan fotografiar o tomar video de los contribuyentes durante las auditorías.

Las videograbaciones que se van a aplicar a partir del 2021, la toma de fotografías de los domicilios de las personas, son sumamente peligrosos, aseguró el fiscalista.

“Ya que si bien, la norma está acotada dirigirse a videograbar, a tomar fotografías de los bienes, los activos que se tengan en una empresa, lo cierto es que la mayor preocupación, es que los auditores van a estar grabando todo el interior de los domicilios de las empresas.

“Mi primer pregunta es ¿con qué van a grabar?, ¿con sus teléfonos personales?, aunque después transmitan esa información al fisco, y aunque el fisco lo conserve, se quedó en el teléfono particular del notificador o del verificador y eso es sumamente peligroso”.

La segunda cuestión es que cuando se haga la videograbación, la mayor preocupación es que si adentro de las empresas hay personas, se graben sus rostros, eso implica una afectación a terceros que es sumamente delicada, que está invadiendo la privacidad de un particular que no es el auditado.

Un tercer elemento es que esa videograbación va a plasmarse en actas, aseveró Solís Farías.

El cuarto elemento, esa videograbación si se plasma en acta, va a servir para el ejercicio de la acción penal, para corroborar la existencia de los bienes, para corroborar la existencia de las personas que había dentro del domicilio fiscal, para pedir cuentas e identificarlas.

“En realidad, la videograbación es una invasión a la privacidad, no solo de la empresa revisada, sino a la privacidad de los terceros que se encuentren dentro del mismo, es una violación a los procesos industriales ques e tengan y que son confidenciales y que no se pueden revelar.

“Yes una violación directa a la Constitución el hecho de que se trate de utilizar teléfonos particulares de los auditores para hacer esta gestión, eso me parece que es un retroceso, no abona en nada, no se ganará nada, lo que se tendrá es mayor inseguridad jurídica”.

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