/ jueves 19 de enero de 2023

¡Que no se te pase!, hasta cuando puedes hacer la declaración anual 2023

Ya llegó ese momento del año en el que debemos de realizarla, que no se te pase

Como todo adulto que está dado de alta en el Servicio de Administración Tributaria (SAT), ha llegado el momento de presentar la declaración anual 2023, en ella se declaran tus ingresos del último año con el fin de conocer los impuestos a pagar o tu saldo a tu favor.

A pesar de que se presenta durante este año, esta corresponde al ejercicio fiscal de 2022 y contempla del 1 de enero al 31 de diciembre. Esta declaración debe de ser presentada antes de que termine abril.

QUIENES DECLARAN

Todas personas físicas pueden presentar su declaración anual, hay quienes están obligados a hacerlo:

  • Si obtuviste ingresos mayores a 400,000 pesos en el año.

  • Si trabajaste para dos o más patrones en el mismo año, aun cuando no hayas rebasado los 400,000 pesos.

  • Si solicitaste por escrito a tu patrón que no presente tu declaración anual.

  • Si dejaste de prestar tus servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate.

  • Si prestaste servicios por salarios a personas que no efectúan retención como embajadas u organismos internacionales.

  • Si obtuviste otros ingresos acumulables (honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, entre otros) además de salarios.

  • Si percibiste ingresos por concepto de jubilación, pensión, liquidación o algún tipo de indemnización laboral.

QUE SE PUEDE DEDUCIR

Si eres persona física, en tu declaración anual puedes realizar tus deducciones personales, tales como:

Salud: Honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología, nutrición, análisis, estudios clínicos, primas por seguros de gastos médicos.

Educación: Colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios. Desde nivel preescolar hasta bachillerato o equivalente, por los montos siguientes (límite anual de deducción): *

  • Preescolar: 14,200 pesos.

  • Primaria: 12,900 pesos.

  • Secundaria: 19,900 pesos.

  • Profesional técnico: 17,100 pesos.

  • Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos.

Otros:

  • Gastos funerarios de tu cónyuge o concubino/a, así como para tus padres, abuelos, hijos y nietos.

  • Intereses pagados por créditos hipotecarios, destinados a tu casa habitación, contratados con el sistema financiero, INFONAVIT o FOVISSSTE, entre otras

  • Donativos otorgados a instituciones autorizadas para recibir donativos.

  • Aportaciones complementarias de retiro


Es importante recordar que no podrás deducir facturas pagadas en efectivo, de acuerdo con el SAT, el único pago que puede proceder en efectivo es el de donativos, pero por montos inferiores a 2 mil pesos anuales. En cantidades mayores el pago igualmente deberá realizarse con tarjeta, transferencia o cheque para ser objeto de deducción.

DONDE SE HACE

Debes de acceder a la página web de SAT:

  • Buzón tributario

  • Declaraciones

  • Presenta tu Declaración Anual de Personas Físicas

Una vez realizado estos pasos, debes de seleccionar el ejercicio de "2023", el tipo de declaración "Normal" y periodo "Del Ejercicio".

Como todo adulto que está dado de alta en el Servicio de Administración Tributaria (SAT), ha llegado el momento de presentar la declaración anual 2023, en ella se declaran tus ingresos del último año con el fin de conocer los impuestos a pagar o tu saldo a tu favor.

A pesar de que se presenta durante este año, esta corresponde al ejercicio fiscal de 2022 y contempla del 1 de enero al 31 de diciembre. Esta declaración debe de ser presentada antes de que termine abril.

QUIENES DECLARAN

Todas personas físicas pueden presentar su declaración anual, hay quienes están obligados a hacerlo:

  • Si obtuviste ingresos mayores a 400,000 pesos en el año.

  • Si trabajaste para dos o más patrones en el mismo año, aun cuando no hayas rebasado los 400,000 pesos.

  • Si solicitaste por escrito a tu patrón que no presente tu declaración anual.

  • Si dejaste de prestar tus servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate.

  • Si prestaste servicios por salarios a personas que no efectúan retención como embajadas u organismos internacionales.

  • Si obtuviste otros ingresos acumulables (honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, entre otros) además de salarios.

  • Si percibiste ingresos por concepto de jubilación, pensión, liquidación o algún tipo de indemnización laboral.

QUE SE PUEDE DEDUCIR

Si eres persona física, en tu declaración anual puedes realizar tus deducciones personales, tales como:

Salud: Honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología, nutrición, análisis, estudios clínicos, primas por seguros de gastos médicos.

Educación: Colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios. Desde nivel preescolar hasta bachillerato o equivalente, por los montos siguientes (límite anual de deducción): *

  • Preescolar: 14,200 pesos.

  • Primaria: 12,900 pesos.

  • Secundaria: 19,900 pesos.

  • Profesional técnico: 17,100 pesos.

  • Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos.

Otros:

  • Gastos funerarios de tu cónyuge o concubino/a, así como para tus padres, abuelos, hijos y nietos.

  • Intereses pagados por créditos hipotecarios, destinados a tu casa habitación, contratados con el sistema financiero, INFONAVIT o FOVISSSTE, entre otras

  • Donativos otorgados a instituciones autorizadas para recibir donativos.

  • Aportaciones complementarias de retiro


Es importante recordar que no podrás deducir facturas pagadas en efectivo, de acuerdo con el SAT, el único pago que puede proceder en efectivo es el de donativos, pero por montos inferiores a 2 mil pesos anuales. En cantidades mayores el pago igualmente deberá realizarse con tarjeta, transferencia o cheque para ser objeto de deducción.

DONDE SE HACE

Debes de acceder a la página web de SAT:

  • Buzón tributario

  • Declaraciones

  • Presenta tu Declaración Anual de Personas Físicas

Una vez realizado estos pasos, debes de seleccionar el ejercicio de "2023", el tipo de declaración "Normal" y periodo "Del Ejercicio".

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