/ miércoles 2 de agosto de 2023

Atiende DAU 7 requerimientos del INE para gestionar retiro de publicidad

La autoridad municipal no puede aplicar multas, asegura director

La Dirección de Administración Urbana (DAU) ha atendido siete requerimientos que ha realizado el Instituto Nacional Electoral (INE) para el retiro de publicidad electoral anticipada, entre estas, lonas, espectaculares, mamparas, bardas y hasta una cartelera, lo cual no se concretó en la aplicación multas.

Rogelio Guzmán Obispo, titular de la dependencia municipal, informó que dichos requerimientos han ocurrido entre mayo y a la fecha, de los cuales, los 7 se trató de publicidad que fue colocada en lugares administrados por particulares, y no por instituciones gubernamentales.

Aclaró que el personal de la DAU, no es el que debe de retirar la publicidad y que solo gestionan que el particular retire la publicidad por sus propios medios, de los cuales a la fecha todos han atendido el llamado.

Dijo que la dirección que encabeza no tiene la atribución de sancionar multas por los requerimientos realizados por el INE, debido a que la publicidad electoral es algo regulado a nivel federal y no municipal.

“Lo que hacemos es hablar con el propietario para decirle que ahorita no estamos en tiempos y ellos atienden a hacer el retiro”, manifestó.

Cuestionado sobre la publicidad que se observa en pintas o en carteles posicionados sobre espacios públicos, entre estas oficinas de gobierno, escuelas, o incluso uno de los panteones municipales, Guzmán Obispo manifestó que la Dirección de Administración Urbana no cuenta con la atribución de solicitar que lo retiren, asegurando que el requerimiento debería llegarles de manera directa con la dependencia que administra el inmueble.

“Se ve directamente si es alguna oficina, directamente con la oficina que haya sido, o en este caso alguna dirección que atiende lo de los panteones, se ve directamente con ellos”, finalizó.

La Dirección de Administración Urbana (DAU) ha atendido siete requerimientos que ha realizado el Instituto Nacional Electoral (INE) para el retiro de publicidad electoral anticipada, entre estas, lonas, espectaculares, mamparas, bardas y hasta una cartelera, lo cual no se concretó en la aplicación multas.

Rogelio Guzmán Obispo, titular de la dependencia municipal, informó que dichos requerimientos han ocurrido entre mayo y a la fecha, de los cuales, los 7 se trató de publicidad que fue colocada en lugares administrados por particulares, y no por instituciones gubernamentales.

Aclaró que el personal de la DAU, no es el que debe de retirar la publicidad y que solo gestionan que el particular retire la publicidad por sus propios medios, de los cuales a la fecha todos han atendido el llamado.

Dijo que la dirección que encabeza no tiene la atribución de sancionar multas por los requerimientos realizados por el INE, debido a que la publicidad electoral es algo regulado a nivel federal y no municipal.

“Lo que hacemos es hablar con el propietario para decirle que ahorita no estamos en tiempos y ellos atienden a hacer el retiro”, manifestó.

Cuestionado sobre la publicidad que se observa en pintas o en carteles posicionados sobre espacios públicos, entre estas oficinas de gobierno, escuelas, o incluso uno de los panteones municipales, Guzmán Obispo manifestó que la Dirección de Administración Urbana no cuenta con la atribución de solicitar que lo retiren, asegurando que el requerimiento debería llegarles de manera directa con la dependencia que administra el inmueble.

“Se ve directamente si es alguna oficina, directamente con la oficina que haya sido, o en este caso alguna dirección que atiende lo de los panteones, se ve directamente con ellos”, finalizó.

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