/ sábado 25 de noviembre de 2023

Destacan aprobación de reforzamiento a Ley Antitabaco

La reforma pretende proteger los derechos de los no fumadores a vivir y convivir en espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco y emisiones

La reforma a la ley antitabaco por parte del congreso local, representa un gran paso para establecer espacios 100 % libre de humo en los establecimientos con venta de bebidas alcohólicas en envase abierto, y les permitirá tener más control para impedir la entrada de cigarros y vapeadores a sus negocios.

Lo anterior lo informó Venustiano Anzaldo Rivero, presidente del Consejo Consultivo Municipal en Materia de Alcoholes, que a su vez, agradeció el gran apoyo brindado por la diputada local por el PES, María Montserrat Rodríguez Lorenzo, quien los escuchó y convenció a los demás legisladores para aprobar por unanimidad esta reforma.

El pasado 17 de febrero de 2022 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General para el Control del Tabaco en materia de espacios cien por ciento libres de humo y emisiones; y, eliminación de la publicidad de los productos elaborados con tabaco.

En esencia, la reforma pretende proteger los derechos de los no fumadores a vivir y convivir en espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco y emisiones; definiendo estos espacios, como: “Aquella área física con acceso al público, todo lugar de trabajo, transporte público o espacio de concurrencia colectiva, en los que por razones de orden público e interés social queda prohibido fumar, consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco o de nicotina”.

Anzaldo Rivero expuso que a grandes rasgos, la iniciativa consiste en que los establecimientos instalen mesas de revisión a la entrada de sus establecimientos, para invitarlos a no introducir cigarrillos ni vapeadores, para cumplir así como el citado decreto, y en caso de que así sea, los guarden en sus respectivos vehículos, o en espacios ya establecidos dentro del negocio.

“Así como impedimos la entrada de menores de edad, y lo verificamos por medio de una identificación, igual, que no se introduzca cualquier tipo de arma, por medio de una revisión, ahora se suma esta otra facultad que se nos otorga para tener un control para revisar al cliente, a las damas, puedan abrir sus bolsas”.

Es por ello que se encuentran muy agradecidos por la labor realizada por la diputada Rodríguez Lorenzo, afirmó el representante de los bares y cafés cantantes en Mexicali.

LA REFORMA

Se aprueba la reforma al artículo 27 de la Ley de Protección Contra la Exposición al Humo del Tabaco del Estado de Baja California, para quedar como sigue:

“En los establecimientos cuyo giro principal sea la venta para consumo de bebidas alcohólicas en envase abierto en términos de la ley de la materia, podrán establecer a la entrada al establecimiento respectivo, puntos de verificación a fin de invitar a las personas asistentes a no introducir cualquier producto de tabaco ya sea en paquete, cigarrillo, cigarro o puro”.

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

Enfatizando la prohibición a cualquier persona de consumir o tener encendido cualquier producto del tabaco y nicotina en los espacios 100 % libres de humo de tabaco y emisiones, en los espacios cerrados, los lugares de trabajo, el transporte público, espacios de concurrencia colectiva, las escuelas públicas y privadas en todos los niveles educativos y en cualquier otro lugar con acceso al público que en forma expresa lo establezca la Secretaría de Salud.

La reforma a la ley antitabaco por parte del congreso local, representa un gran paso para establecer espacios 100 % libre de humo en los establecimientos con venta de bebidas alcohólicas en envase abierto, y les permitirá tener más control para impedir la entrada de cigarros y vapeadores a sus negocios.

Lo anterior lo informó Venustiano Anzaldo Rivero, presidente del Consejo Consultivo Municipal en Materia de Alcoholes, que a su vez, agradeció el gran apoyo brindado por la diputada local por el PES, María Montserrat Rodríguez Lorenzo, quien los escuchó y convenció a los demás legisladores para aprobar por unanimidad esta reforma.

El pasado 17 de febrero de 2022 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General para el Control del Tabaco en materia de espacios cien por ciento libres de humo y emisiones; y, eliminación de la publicidad de los productos elaborados con tabaco.

En esencia, la reforma pretende proteger los derechos de los no fumadores a vivir y convivir en espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco y emisiones; definiendo estos espacios, como: “Aquella área física con acceso al público, todo lugar de trabajo, transporte público o espacio de concurrencia colectiva, en los que por razones de orden público e interés social queda prohibido fumar, consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco o de nicotina”.

Anzaldo Rivero expuso que a grandes rasgos, la iniciativa consiste en que los establecimientos instalen mesas de revisión a la entrada de sus establecimientos, para invitarlos a no introducir cigarrillos ni vapeadores, para cumplir así como el citado decreto, y en caso de que así sea, los guarden en sus respectivos vehículos, o en espacios ya establecidos dentro del negocio.

“Así como impedimos la entrada de menores de edad, y lo verificamos por medio de una identificación, igual, que no se introduzca cualquier tipo de arma, por medio de una revisión, ahora se suma esta otra facultad que se nos otorga para tener un control para revisar al cliente, a las damas, puedan abrir sus bolsas”.

Es por ello que se encuentran muy agradecidos por la labor realizada por la diputada Rodríguez Lorenzo, afirmó el representante de los bares y cafés cantantes en Mexicali.

LA REFORMA

Se aprueba la reforma al artículo 27 de la Ley de Protección Contra la Exposición al Humo del Tabaco del Estado de Baja California, para quedar como sigue:

“En los establecimientos cuyo giro principal sea la venta para consumo de bebidas alcohólicas en envase abierto en términos de la ley de la materia, podrán establecer a la entrada al establecimiento respectivo, puntos de verificación a fin de invitar a las personas asistentes a no introducir cualquier producto de tabaco ya sea en paquete, cigarrillo, cigarro o puro”.

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

Enfatizando la prohibición a cualquier persona de consumir o tener encendido cualquier producto del tabaco y nicotina en los espacios 100 % libres de humo de tabaco y emisiones, en los espacios cerrados, los lugares de trabajo, el transporte público, espacios de concurrencia colectiva, las escuelas públicas y privadas en todos los niveles educativos y en cualquier otro lugar con acceso al público que en forma expresa lo establezca la Secretaría de Salud.

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