/ jueves 11 de junio de 2020

Elimina Congreso de BC las diputaciones "de lista"

Es un hecho que esa lista de personas, no son sometidos a la elección y escrutinio de los ciudadanos

La Asamblea Legislativa de Baja California aprobóde lista en la conformación de la Legislatura local y con ello asegurar que solo ocupen las curules, quienes hayan hecho campaña.



En la sesión virtual de la tarde de ayer, se presentó el dictamen 46 de la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales, referente a la reforma del artículo 15 de la Constitución Política de Baja California que plantea la desaparición de los diputados de lista.

En la votación se abstuvieron Loreto Quintero y Eva María Vásquez, del PAN, así como la diputada independiente María Trinidad Vaca Chacón.

En la actualidad, el Congreso local se integra por 25 diputados, de los cuales 17 fueron electos por el principio de mayoría relativa, es decir, salieron a pedir el voto y 8 de ellos son por el principio de la representación proporcional que se integran por los mejores perdedores de la elección y los de lista.


Juan Manuel Molina García, presidente de la Cglpc| Foto: Cortesía | Cglpc


El inicialista, el diputado por Morena, Juan Manuel Molina García, explicó que el motivo de la reforma es para que las diputaciones por el principio de representación proporcional se elijan únicamente de acuerdo al mayor porcentaje de votos obtenidos en las urnas, según corresponda de cada Partido “y elimina la posibilidad de que persona alguna no haya salido a las calles a pedir el voto ciudadano a dar la cara a la población y a conocer las necesidades de su distrito electoral, para que puedan acceder a una diputación”.

Señaló que la legislación electoral en Baja California, contempla los candidatos denominados de lista, que se integran por personas que son registradas por los partidos políticos, bajo criterios propios, para ocupar diputaciones por el Principio de Representación Proporcional.

Es un hecho que esa lista de personas, no son sometidos a la elección y escrutinio de los ciudadanos, pero aun así, terminan ocupando un cargo que pertenece a Elección Popular, expuso.

“Por ello que esta propuesta de reforma pretende devolver en estricto sentido las condiciones para integrar el Congreso del estado de Baja California y con ello se garantice que los candidatos que lleguen a ocupar las curules, sean efectivamente votados por los ciudadanos.

“Y lleven todos un porcentaje de representatividad de los mismos, dejando de lado las prácticas de llegar a ser un diputado por dedazo o por simpatías políticas, que solo se apalancan de su Partido y muchas de las ocasiones sin que la ciudadanía los conozca”.



Loreto Quintero argumentó su abstención, señalando que si bien, Acción Nacional está de acuerdo con este principio, la reforma desconoce la esencia, límites y bases de la Constitución federal.

Triny Vaca expuso que la disposición de los candidatos de los partidos políticos es de competencia federal, mientras Eva María Vásquez señaló que si bien, los estados cuentan con libertad configurativa, se tienen que respetar los parámetros generales que se establecen en la legislación federal.

La Asamblea Legislativa de Baja California aprobóde lista en la conformación de la Legislatura local y con ello asegurar que solo ocupen las curules, quienes hayan hecho campaña.



En la sesión virtual de la tarde de ayer, se presentó el dictamen 46 de la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales, referente a la reforma del artículo 15 de la Constitución Política de Baja California que plantea la desaparición de los diputados de lista.

En la votación se abstuvieron Loreto Quintero y Eva María Vásquez, del PAN, así como la diputada independiente María Trinidad Vaca Chacón.

En la actualidad, el Congreso local se integra por 25 diputados, de los cuales 17 fueron electos por el principio de mayoría relativa, es decir, salieron a pedir el voto y 8 de ellos son por el principio de la representación proporcional que se integran por los mejores perdedores de la elección y los de lista.


Juan Manuel Molina García, presidente de la Cglpc| Foto: Cortesía | Cglpc


El inicialista, el diputado por Morena, Juan Manuel Molina García, explicó que el motivo de la reforma es para que las diputaciones por el principio de representación proporcional se elijan únicamente de acuerdo al mayor porcentaje de votos obtenidos en las urnas, según corresponda de cada Partido “y elimina la posibilidad de que persona alguna no haya salido a las calles a pedir el voto ciudadano a dar la cara a la población y a conocer las necesidades de su distrito electoral, para que puedan acceder a una diputación”.

Señaló que la legislación electoral en Baja California, contempla los candidatos denominados de lista, que se integran por personas que son registradas por los partidos políticos, bajo criterios propios, para ocupar diputaciones por el Principio de Representación Proporcional.

Es un hecho que esa lista de personas, no son sometidos a la elección y escrutinio de los ciudadanos, pero aun así, terminan ocupando un cargo que pertenece a Elección Popular, expuso.

“Por ello que esta propuesta de reforma pretende devolver en estricto sentido las condiciones para integrar el Congreso del estado de Baja California y con ello se garantice que los candidatos que lleguen a ocupar las curules, sean efectivamente votados por los ciudadanos.

“Y lleven todos un porcentaje de representatividad de los mismos, dejando de lado las prácticas de llegar a ser un diputado por dedazo o por simpatías políticas, que solo se apalancan de su Partido y muchas de las ocasiones sin que la ciudadanía los conozca”.



Loreto Quintero argumentó su abstención, señalando que si bien, Acción Nacional está de acuerdo con este principio, la reforma desconoce la esencia, límites y bases de la Constitución federal.

Triny Vaca expuso que la disposición de los candidatos de los partidos políticos es de competencia federal, mientras Eva María Vásquez señaló que si bien, los estados cuentan con libertad configurativa, se tienen que respetar los parámetros generales que se establecen en la legislación federal.

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