/ viernes 14 de julio de 2023

Molina desmiente que indígenas sean ignorados

Las sanciones por infracciones dependiendo de la gravedad, pueden ser apercibimientos, multas, multas elevadas, retención de recursos de administraciones al partido político

Ante declaraciones de Yanira Godoy Osben, integrante de la comunidad indígena Cucapah, el diputado Juan Manuel Molina respondió que la acreditación de la condición indigena a través de asociaciones civiles no es así, los criterios que se establecen para la acreditación indígena será mediante una serie de requisitos; vivir en la comunidad indígena, ser hablante de la lengua, estar integrado a la comunidad y ser respaldado por la comunidad.

“No es cierto que establecimos que se acredite la condición indígena a asociaciones civiles, que se lea el documento públicamente y en ninguna parte dice eso, es más ahorita sabemos que hubo una protesta de pueblos yumanos, en donde están desconociendo a una supuesta autoridad indígena, en donde no reconocen a una asociación civil y que de ahí no pueden designar representaciones indígenas, no estamos pidiendo que se credencialice ni nada de eso”, manifestó Juan Manuel Molina.

Así mismo comentó el diputado que será mediante el criterio de la autoadscripción calificada, por lo cual si alguien hace una asociación civil con el fin de dar credenciales o cartas, para acreditarse, no será así, ya que la intención es tener voces que representen los intereses y necesidades de los pueblos y comunidades indígenas nativos y asentados.

Molina García, también señaló que en el tema de las sanciones por usurpación, en donde habrá una infracción de corte electora, hacerse pasar por una persona indígena, o que un partido dolosamente postule a alguien que no reúna las condiciones de indígena, a lo cual dijo que en la Ley Electoral, en el artículo 354 y siguiente se establece que si hay sanciones por infracciones dependiendo de la gravedad.

“En el artículo 354 y siguientes establece que las sanciones por infracciones dependiendo de la gravedad, el dolo etc, pueden ser apercibimientos, multas, multas elevadas, retención de recursos de administraciones al partido político, dependiendo de la gravedad, también puede llegar al retiro del registro de una persona que se haga pasar por indígena y hasta una inhabilitación puede salir de ahí, para ejercer cargos públicos”, agregó el legislador.

Por último hizo hincapié en que sí se escuchó a la comunidad indígena ya que se realizó un ejercicio importante en esa cuestión, a lo cual también se garantizaron sus derechos constitucionales en las reformas constitucionales y legal, que no establecieron en ninguna parte que sería por conductos de una asociación civil y que si hay sanciones en el corte electoral para los partidos y personas que traten de hacerse pasar por personas indígenas y afromexicanas con la intención de conseguir un espacio político.

Ante declaraciones de Yanira Godoy Osben, integrante de la comunidad indígena Cucapah, el diputado Juan Manuel Molina respondió que la acreditación de la condición indigena a través de asociaciones civiles no es así, los criterios que se establecen para la acreditación indígena será mediante una serie de requisitos; vivir en la comunidad indígena, ser hablante de la lengua, estar integrado a la comunidad y ser respaldado por la comunidad.

“No es cierto que establecimos que se acredite la condición indígena a asociaciones civiles, que se lea el documento públicamente y en ninguna parte dice eso, es más ahorita sabemos que hubo una protesta de pueblos yumanos, en donde están desconociendo a una supuesta autoridad indígena, en donde no reconocen a una asociación civil y que de ahí no pueden designar representaciones indígenas, no estamos pidiendo que se credencialice ni nada de eso”, manifestó Juan Manuel Molina.

Así mismo comentó el diputado que será mediante el criterio de la autoadscripción calificada, por lo cual si alguien hace una asociación civil con el fin de dar credenciales o cartas, para acreditarse, no será así, ya que la intención es tener voces que representen los intereses y necesidades de los pueblos y comunidades indígenas nativos y asentados.

Molina García, también señaló que en el tema de las sanciones por usurpación, en donde habrá una infracción de corte electora, hacerse pasar por una persona indígena, o que un partido dolosamente postule a alguien que no reúna las condiciones de indígena, a lo cual dijo que en la Ley Electoral, en el artículo 354 y siguiente se establece que si hay sanciones por infracciones dependiendo de la gravedad.

“En el artículo 354 y siguientes establece que las sanciones por infracciones dependiendo de la gravedad, el dolo etc, pueden ser apercibimientos, multas, multas elevadas, retención de recursos de administraciones al partido político, dependiendo de la gravedad, también puede llegar al retiro del registro de una persona que se haga pasar por indígena y hasta una inhabilitación puede salir de ahí, para ejercer cargos públicos”, agregó el legislador.

Por último hizo hincapié en que sí se escuchó a la comunidad indígena ya que se realizó un ejercicio importante en esa cuestión, a lo cual también se garantizaron sus derechos constitucionales en las reformas constitucionales y legal, que no establecieron en ninguna parte que sería por conductos de una asociación civil y que si hay sanciones en el corte electoral para los partidos y personas que traten de hacerse pasar por personas indígenas y afromexicanas con la intención de conseguir un espacio político.

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