/ martes 1 de noviembre de 2022

Operativo mochila no debe ser invasivo: CEDHBC

Debe ser motivado de una amenaza y no de manera aleatoria, señala presidente de la CEDHBC

La realización de los “operativos mochila”, en los que se revisan las pertenencias de los estudiantes al interior de las escuelas, deben de implementarse únicamente cuando existe una amenaza explícita de alguna situación de violencia, o por la posibilidad de que haya presente alguna sustancia ilícita en los planteles educativos, señaló Miguel Ángel Mora Marrufo, presidente de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos en Baja California (CEDHBC).

Archivo | La Voz de la Frontera


El funcionario manifestó que este operativo solo se justifica en ese tipo de supuestos, en donde se debe de anteponer la seguridad del resto de las personas que podrían verse afectadas por la presencia de ese tipo de objetos, para lo cual las autoridades deben de implementar una estrategia en materia de seguridad pública.

Sin embargo, para realizarse, dijo que se debe de permitir que los menores se encuentren presentes al momento de la revisión de sus pertenencias, al igual que a los padres de familia, quienes antes no eran tomados en cuenta.

En el mismo sentido, puntualizó que aún los menores que son identificados con armas o sustancias ilícitas, no debe de ser tratado como una persona que cometió un delito, sino como un menor que pudo haber sido influenciado por células delictivas.

“Que no sea una actividad punitiva, es decir, que no se coloque a los niños como sujetos de una investigación de un delito, sino también como víctimas, pero el contexto obliga a que una persona menor de 18 años es sujeta de protección del Estado y si tiene armas en sus pertenencias, es porque alguien en su sistema de protección falló”.

En atención a la universalidad de los derechos humanos, dijo que es necesario reconocer que la violencia se manifiesta al interior de las escuelas, por lo que sí se requiere de la actuación de las autoridades de seguridad pública y otras más para prevenir que suceda algo al interior de sus escuelas.

“Lo que pedimos es que sea con perspectiva de derechos humanos y que se evite que justamente fuera parte de una rutina escolar o de un procedimiento aleatorio y no que verdaderamente esté fundada la actuación de las autoridades; que los elementos no lleven armamento excesivo, que sea una acción preventiva, que se busque a la integridad del menor, niño niña o adolescente, que si se identifica una situación se aborde integralmente no a partir de un proceso policial, todos estos elementos dieron pauta a estos posicionamientos de la Suprema Corte”.


La realización de los “operativos mochila”, en los que se revisan las pertenencias de los estudiantes al interior de las escuelas, deben de implementarse únicamente cuando existe una amenaza explícita de alguna situación de violencia, o por la posibilidad de que haya presente alguna sustancia ilícita en los planteles educativos, señaló Miguel Ángel Mora Marrufo, presidente de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos en Baja California (CEDHBC).

Archivo | La Voz de la Frontera


El funcionario manifestó que este operativo solo se justifica en ese tipo de supuestos, en donde se debe de anteponer la seguridad del resto de las personas que podrían verse afectadas por la presencia de ese tipo de objetos, para lo cual las autoridades deben de implementar una estrategia en materia de seguridad pública.

Sin embargo, para realizarse, dijo que se debe de permitir que los menores se encuentren presentes al momento de la revisión de sus pertenencias, al igual que a los padres de familia, quienes antes no eran tomados en cuenta.

En el mismo sentido, puntualizó que aún los menores que son identificados con armas o sustancias ilícitas, no debe de ser tratado como una persona que cometió un delito, sino como un menor que pudo haber sido influenciado por células delictivas.

“Que no sea una actividad punitiva, es decir, que no se coloque a los niños como sujetos de una investigación de un delito, sino también como víctimas, pero el contexto obliga a que una persona menor de 18 años es sujeta de protección del Estado y si tiene armas en sus pertenencias, es porque alguien en su sistema de protección falló”.

En atención a la universalidad de los derechos humanos, dijo que es necesario reconocer que la violencia se manifiesta al interior de las escuelas, por lo que sí se requiere de la actuación de las autoridades de seguridad pública y otras más para prevenir que suceda algo al interior de sus escuelas.

“Lo que pedimos es que sea con perspectiva de derechos humanos y que se evite que justamente fuera parte de una rutina escolar o de un procedimiento aleatorio y no que verdaderamente esté fundada la actuación de las autoridades; que los elementos no lleven armamento excesivo, que sea una acción preventiva, que se busque a la integridad del menor, niño niña o adolescente, que si se identifica una situación se aborde integralmente no a partir de un proceso policial, todos estos elementos dieron pauta a estos posicionamientos de la Suprema Corte”.


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