/ jueves 16 de agosto de 2018

Proponen que al procurador no lo decida el Ejecutivo

Entregan iniciativa en el Congreso del Estado para que se pueda modificar la Constitución Política local

La certidumbre jurídica, combate a la corrupción y prevalencia del estado de Derecho son los principales reclamos de la sociedad, lo que obliga a que la designación de los titulares de las Fiscalías generales de las entidades federativas se hagan con transparencia para generar confianza en los ciudadanos.

Gilberto Lozano González, presidente del Congreso Nacional Ciudadano en el país, advirtió lo anterior tras entregar en la Oficialía de Partes del Poder Legislativo de Baja California una iniciativa de reforma a la legislación para que la designación de procurador de justicia o de fiscal no dependa del Ejecutivo.

Explicó que esta reforma permitiría que la procuración de justicia o el fiscal procurador independiente se rija por los principios de autonomía, eficiencia, imparcialidad, legalidad y responsabilidad y que su designación no obedezca a ningún tipo de interés público.

Para ello propone la modificación de los artículos 27 y 49 de la Constitución Política Local, en el primero se da la facultad al Congreso de nombrar o remover al auditor superior o al procurador de Justicia del Estado y la elimina del Ejecutivo, así como se modifique el artículo 3 de la Ley Orgánica de la PGJE que establezca su autonomía.

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Gilberto Lozano González, presidente del Congreso Nacional Ciudadano en el país, advirtió lo anterior tras entregar en la Oficialía de Partes del Poder Legislativo de Baja California una iniciativa de reforma a la legislación para que la designación de procurador de justicia o de fiscal no dependa del Ejecutivo.

Explicó que esta reforma permitiría que la procuración de justicia o el fiscal procurador independiente se rija por los principios de autonomía, eficiencia, imparcialidad, legalidad y responsabilidad y que su designación no obedezca a ningún tipo de interés público.

Para ello propone la modificación de los artículos 27 y 49 de la Constitución Política Local, en el primero se da la facultad al Congreso de nombrar o remover al auditor superior o al procurador de Justicia del Estado y la elimina del Ejecutivo, así como se modifique el artículo 3 de la Ley Orgánica de la PGJE que establezca su autonomía.

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