/ viernes 8 de septiembre de 2023

Realizan en 2 años 895 abortos legales en BC

Mexicali concentra la mayor cantidad de esos procedimientos y Ensenada la menor

Desde que se despenalizó en Baja California la interrupción voluntaria del embarazo, se han practicado 895 abortos en las diferentes jurisdicciones de la Secretaría de Salud en la entidad, informó el área de Comunicación Social de esa dependencia.

La despenalización se aprobó el 29 de octubre del 2021 y entró en vigor el 13 de noviembre del mismo año; aplica desde la concepción hasta las 12 semanas de gestación.

En base a esa disposición, durante el 2021 se realizaron 20 interrupciones de embarazo; 12 corresponden a la Jurisdicción de Servicios de Salud Mexicali, 2 a la de Tijuana, que contempla también a Tecate y Playas de Rosarito; y 6 a la Jurisdicción de Ensenada.

En el 2022 fueron 292 abortos, 170 en la Jurisdicción de Mexicali; 81 en la de Tijuana y 41 en la de Ensenada.

Durante el presente año se han realizado 583 interrupciones del embarazo, 366 corresponden a la Jurisdicción de Mexicali, 168 a la de Tijuana y 49 a la de Ensenada.

En total, desde su despenalización, se han realizado 548 interrupciones en la Jurisdicción de Mexicali, 251 en la de Tijuana y 96 en la de Ensenada.

A través de Comunicación Social, la Secretaría de Salud estatal informó que se están atendiendo las peticiones sin distingo de derechohabiencia, por lo que incluyen a mujeres de otros sistemas de salud.

“Todas las mujeres en busca de orientación, atención para interrupción legal del embarazo o interrupción voluntaria del embarazo, cuentan con una valoración previa, orientación sobre su estado de salud y el método más apropiado para llevar a cabo la interrupción de manera segura.

“Está garantizada la asistencia médica inmediata en casos de violación sexual, así como los servicios amigables para prevenir el embarazo y métodos anticonceptivos”, aclaró.

Además, puntualizó que en Baja California se da seguimiento a los casos con orientación sobre salud sexual y reproductiva, para garantizar la información oportuna y bienestar de las personas gestantes.

Por otra parte, a través de Comunicación Social de la delegación local del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Gobierno y Municipio del Estado de Baja California (Issstecali), se precisó que en estas instituciones no se han practicado interrupciones legales del embarazo.

El miércoles reciente, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió un amparo interpuesto en 2021 por el Grupo de Información en Reproducción Asistida (GIRE) que busca que todas las personas gestantes tengan acceso a abortos seguros, por lo que declaró inconstitucionales los artículos del Código Penal Federal que castigan el aborto.

La resolución implica que ninguna mujer o persona gestante podrá ser sancionada por interrumpir su embarazo, lo mismo que los médicos o personal de salud que lo practiquen y las instituciones federales de Salud deberán brindar el servicio.

Al interponer el amparo, el GIRE argumentó que las instituciones federales rechazaban atender las solicitudes de interrupción del embarazo debido a que se regían por lo señalado en el Código Penal Federal, por lo que a partir de la resolución de la SCJN, el IMSS, Issste y Pemex deberán tratar el aborto como cualquier otra enfermedad.

La resolución de la SCJN ordena al Congreso de la Unión que derogue las normas del Código Penal Federal que criminalizan el aborto voluntario, autoprocurado o consentido, y señala que debe ser antes de finalizar el actual periodo ordinario de sesiones, durante el presente año, que se le notifique la sentencia.

Desde que se despenalizó en Baja California la interrupción voluntaria del embarazo, se han practicado 895 abortos en las diferentes jurisdicciones de la Secretaría de Salud en la entidad, informó el área de Comunicación Social de esa dependencia.

La despenalización se aprobó el 29 de octubre del 2021 y entró en vigor el 13 de noviembre del mismo año; aplica desde la concepción hasta las 12 semanas de gestación.

En base a esa disposición, durante el 2021 se realizaron 20 interrupciones de embarazo; 12 corresponden a la Jurisdicción de Servicios de Salud Mexicali, 2 a la de Tijuana, que contempla también a Tecate y Playas de Rosarito; y 6 a la Jurisdicción de Ensenada.

En el 2022 fueron 292 abortos, 170 en la Jurisdicción de Mexicali; 81 en la de Tijuana y 41 en la de Ensenada.

Durante el presente año se han realizado 583 interrupciones del embarazo, 366 corresponden a la Jurisdicción de Mexicali, 168 a la de Tijuana y 49 a la de Ensenada.

En total, desde su despenalización, se han realizado 548 interrupciones en la Jurisdicción de Mexicali, 251 en la de Tijuana y 96 en la de Ensenada.

A través de Comunicación Social, la Secretaría de Salud estatal informó que se están atendiendo las peticiones sin distingo de derechohabiencia, por lo que incluyen a mujeres de otros sistemas de salud.

“Todas las mujeres en busca de orientación, atención para interrupción legal del embarazo o interrupción voluntaria del embarazo, cuentan con una valoración previa, orientación sobre su estado de salud y el método más apropiado para llevar a cabo la interrupción de manera segura.

“Está garantizada la asistencia médica inmediata en casos de violación sexual, así como los servicios amigables para prevenir el embarazo y métodos anticonceptivos”, aclaró.

Además, puntualizó que en Baja California se da seguimiento a los casos con orientación sobre salud sexual y reproductiva, para garantizar la información oportuna y bienestar de las personas gestantes.

Por otra parte, a través de Comunicación Social de la delegación local del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Gobierno y Municipio del Estado de Baja California (Issstecali), se precisó que en estas instituciones no se han practicado interrupciones legales del embarazo.

El miércoles reciente, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió un amparo interpuesto en 2021 por el Grupo de Información en Reproducción Asistida (GIRE) que busca que todas las personas gestantes tengan acceso a abortos seguros, por lo que declaró inconstitucionales los artículos del Código Penal Federal que castigan el aborto.

La resolución implica que ninguna mujer o persona gestante podrá ser sancionada por interrumpir su embarazo, lo mismo que los médicos o personal de salud que lo practiquen y las instituciones federales de Salud deberán brindar el servicio.

Al interponer el amparo, el GIRE argumentó que las instituciones federales rechazaban atender las solicitudes de interrupción del embarazo debido a que se regían por lo señalado en el Código Penal Federal, por lo que a partir de la resolución de la SCJN, el IMSS, Issste y Pemex deberán tratar el aborto como cualquier otra enfermedad.

La resolución de la SCJN ordena al Congreso de la Unión que derogue las normas del Código Penal Federal que criminalizan el aborto voluntario, autoprocurado o consentido, y señala que debe ser antes de finalizar el actual periodo ordinario de sesiones, durante el presente año, que se le notifique la sentencia.

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