/ miércoles 21 de marzo de 2018

Escriturar bienes brinda certeza jurídica al patrimonio

Notario Público recomienda evitar contratos privados

Al realizar un contrato, testamento, compra o venta de un bien inmueble es esencial que se formalice el proceso a través de la inscripción de la escritura ante un Notario Público, con el fin de brindarle certeza jurídica al patrimonio del interesado.

Héctor Manuel Acosta Moreno, titular de la Notaría 1 de esta ciudad, explicó que aunque muchas personas prefieren evitar “el pago de impuestos” realizando la compra o venta directamente con un particular, si el bien se inscribiera debidamente ante una Notaría se permite que el mismo Notario Público y el Archivo General de Notarías cuenten con una copia de dicha inscripción, lo cual le brinda seguridad al patrimonio del interesado.

Acosta Moreno, quien asesoró de manera gratuita a la ciudadanía a través del programa “Miércoles Ciudadano”, el cual se realiza ese día de la semana dentro del Palacio Municipal, apuntó que existe esta mala práctica de que los particulares realicen la venta de bienes sin inscribirlos, dado que el Código Civil en su artículo 2191 permite que ciertas operaciones se continúen realizando a través un contrato privado, a pesar del riesgo que implica.

“Eventualmente va a acarrear en un problema patrimonial muy serio: cuando fallece la persona, cuando a lo mejor inscriben un embargo de un bien que ‘se lo compré a una persona’ que nunca regularizamos”.

Al realizar un contrato, testamento, compra o venta de un bien inmueble es esencial que se formalice el proceso a través de la inscripción de la escritura ante un Notario Público, con el fin de brindarle certeza jurídica al patrimonio del interesado.

Héctor Manuel Acosta Moreno, titular de la Notaría 1 de esta ciudad, explicó que aunque muchas personas prefieren evitar “el pago de impuestos” realizando la compra o venta directamente con un particular, si el bien se inscribiera debidamente ante una Notaría se permite que el mismo Notario Público y el Archivo General de Notarías cuenten con una copia de dicha inscripción, lo cual le brinda seguridad al patrimonio del interesado.

Acosta Moreno, quien asesoró de manera gratuita a la ciudadanía a través del programa “Miércoles Ciudadano”, el cual se realiza ese día de la semana dentro del Palacio Municipal, apuntó que existe esta mala práctica de que los particulares realicen la venta de bienes sin inscribirlos, dado que el Código Civil en su artículo 2191 permite que ciertas operaciones se continúen realizando a través un contrato privado, a pesar del riesgo que implica.

“Eventualmente va a acarrear en un problema patrimonial muy serio: cuando fallece la persona, cuando a lo mejor inscriben un embargo de un bien que ‘se lo compré a una persona’ que nunca regularizamos”.

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