/ jueves 30 de noviembre de 2023

Invalida SCJN parcialmente reforma sobre financiamiento a partidos en BC

Esto a raíz de una acción de inconstitucionalidad presentada por el PES BC, PAN y PT, así como por diputados de la XXIV Legislatura

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó de manera parcial la reforma al artículo 43 de la Ley de Partidos Políticos de Baja California, referente al financiamiento público de los partidos políticos locales.

Esto a consecuencia de acciones de inconstitucionalidad presentadas por el Partido Encuentro Solidario (PES BC), Acción Nacional (PAN) y el Partido del Trabajo (PT), así como por diputados de la XXIV Legislatura del Congreso de Baja California.

Durante la sesión de este jueves, los magistrados consideraron inconstitucional el párrafo tercero del inciso a, de la fracción I del artículo 43 de esta ley, el cual estipulaba que, en caso de que existan cuatro o menos partidos locales, su financiamiento no podrá ser mayor al 25% del total de financiamiento público de los partidos.

Sin embargo, la SCJN determinó que el Congreso carece de atribuciones para poner un límite al financiamiento público al que pueden acceder los partidos políticos con registro local, pues supone una variación de las reglas de la Ley General de Partidos Políticos.

La decisión fue aprobada por una mayoría de los integrantes del Pleno de la Suprema Corte, quienes sin embargo decidieron mantener el resto de los párrafos del mencionado artículo.

En Baja California, actualmente sólo hay dos partidos políticos que tienen su registro a nivel local: Encuentro Solidario (PES BC) y Fuerza por México, quienes serían los principales beneficiados por la decisión tomada por la Suprema Corte.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó de manera parcial la reforma al artículo 43 de la Ley de Partidos Políticos de Baja California, referente al financiamiento público de los partidos políticos locales.

Esto a consecuencia de acciones de inconstitucionalidad presentadas por el Partido Encuentro Solidario (PES BC), Acción Nacional (PAN) y el Partido del Trabajo (PT), así como por diputados de la XXIV Legislatura del Congreso de Baja California.

Durante la sesión de este jueves, los magistrados consideraron inconstitucional el párrafo tercero del inciso a, de la fracción I del artículo 43 de esta ley, el cual estipulaba que, en caso de que existan cuatro o menos partidos locales, su financiamiento no podrá ser mayor al 25% del total de financiamiento público de los partidos.

Sin embargo, la SCJN determinó que el Congreso carece de atribuciones para poner un límite al financiamiento público al que pueden acceder los partidos políticos con registro local, pues supone una variación de las reglas de la Ley General de Partidos Políticos.

La decisión fue aprobada por una mayoría de los integrantes del Pleno de la Suprema Corte, quienes sin embargo decidieron mantener el resto de los párrafos del mencionado artículo.

En Baja California, actualmente sólo hay dos partidos políticos que tienen su registro a nivel local: Encuentro Solidario (PES BC) y Fuerza por México, quienes serían los principales beneficiados por la decisión tomada por la Suprema Corte.

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