/ sábado 15 de febrero de 2020

Descartan bajar tope en pensiones

Descartan que se vayan a topar a solo diez salarios mínimos, tal y como trascendió en algunas noticias a nivel nacional.

Existen tres factores que inciden en el cálculo para definir lo que le corresponde a un trabajador por su pensión, por lo que se descarta que se vayan a topar a solo diez salarios mínimos, tal y como trascendió en algunas noticias a nivel nacional.

Fernando Javier Martín Mejía, presidente del Colegio de Contadores Públicos de Mexicali, refirió que para efectos del cálculo de la pensión depende de la edad en que el trabajador lo haga, pero debe tener entre 60 y 65 años para poder hacerlo.



Si se pensiona antes de los 65, se disminuye la cantidad de porcentaje que le corresponde y se denomina pensión por cesantía en edad avanzada.

En segundo lugar, deben de contar más de 500 semanas cotizadas en la modalidad transición, es decir, aquellos trabajadores que estén entre las leyes de 1973 y de 1997.

Finalmente, en tercer lugar incide el salario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas del trabajador y contemplando estos tres factores se define la pensión de los interesados.



“No es cierto esa parte de que venga acotado de 25 a 10, eso no es correcto, lo correcto son diferentes factores para efectos de sacar la pensión.

“No es correcta la información que viene acotada a 10 o a 25 salarios, no es un cálculo directo, intervienen estos tres factores”.

Existen tres factores que inciden en el cálculo para definir lo que le corresponde a un trabajador por su pensión, por lo que se descarta que se vayan a topar a solo diez salarios mínimos, tal y como trascendió en algunas noticias a nivel nacional.

Fernando Javier Martín Mejía, presidente del Colegio de Contadores Públicos de Mexicali, refirió que para efectos del cálculo de la pensión depende de la edad en que el trabajador lo haga, pero debe tener entre 60 y 65 años para poder hacerlo.



Si se pensiona antes de los 65, se disminuye la cantidad de porcentaje que le corresponde y se denomina pensión por cesantía en edad avanzada.

En segundo lugar, deben de contar más de 500 semanas cotizadas en la modalidad transición, es decir, aquellos trabajadores que estén entre las leyes de 1973 y de 1997.

Finalmente, en tercer lugar incide el salario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas del trabajador y contemplando estos tres factores se define la pensión de los interesados.



“No es cierto esa parte de que venga acotado de 25 a 10, eso no es correcto, lo correcto son diferentes factores para efectos de sacar la pensión.

“No es correcta la información que viene acotada a 10 o a 25 salarios, no es un cálculo directo, intervienen estos tres factores”.

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