/ jueves 20 de agosto de 2020

El referéndum va, no a la “ley gandalla”

Como la mayoría de ustedes ya lo sabe, el pasado 11 de mayo del presente año el Congreso del Estado aprobó el dictamen 37 relativo a la reforma de los artículos 16, 78 y 80 de la Constitución Política de Baja California, popularmente conocida como “Ley Gandalla”, debido a que se abrió la posibilidad para que diputados y alcaldes participen en el proceso electoral buscando su reelección consecutiva sin necesidad de pedir licencia para separarse del cargo.

Posteriormente esta reforma fue enviada a los cinco ayuntamientos de la entidad para que fuera votada de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 112 de la Constitución estatal, siendo rechazada por el de Tecate, aprobada de manera expresa por el de Rosarito y de manera tácita por los de Ensenada, Mexicali y Tijuana, pues al no ser discutida ni votada por éstos debido a la negativa de los respectivos alcaldes de convocar a sesión para hacerlo, debe de entenderse como aceptada según lo señalado en nuestro máximo ordenamiento local.

Finalmente, el 16 de junio fue declarada la procedencia de la reforma y publicada en el Periódico Oficial del Estado el mismo día.

Con esto, Baja California se convertiría en la entidad 16 en la que a los legisladores no se les exige separarse del cargo y la 19 en la que tampoco es un requisito para los integrantes de los ayuntamientos. Lo cual fue posible a raíz de la reforma político electoral de 2014 en la que en los artículos 115 y 116 de la Constitución federal se estableció la posibilidad de la reelección consecutiva para los miembros del Congreso de la Unión, de los Congresos locales y los ayuntamientos, pero desde entonces se anticipó un duro debate acerca de los diversos retos que implicaría la legislación y reglamentación secundaria de estas reformas tanto a nivel nacional como el local, y precisamente el relativo a la separación o no del cargo de quienes pretendieran reelegirse era uno de ellos.

En lo personal, independientemente de la legalidad o constitucionalidad de la “Ley Gandalla”, puedo decir que fue aprobada de una manera irresponsable e inmoral gracias a una estrategia deliberada con la que los presidentes municipales de Ensenada, Mexicali y Tijuana, al no convocar a sus respectivos ayuntamientos para votarla, impidieron su sana y necesaria discusión democrática con la que la ciudadanía hubiera podido conocer todos los argumentos a favor y en contra de la misma y contar con información que le permitiera evaluar el sentido del voto de cada uno de sus representantes. En cambio, los alcaldes prefirieron lavarse las manos, no ensuciar su imagen y dejar a otros lo que era muy incómodo para ellos.

Por otro lado, es cierto que, en comparación con otros países, el nuestro aprueba de manera tardía la reelección de sus representantes por los traumas institucionales que marcaron nuestra historia política, pero aunque se superen éstos no deben de olvidarse, por el contrario, deben de ser considerados al momento de diseñar la regulación de esta figura. Recordemos que el requisito que se le impone a todo servidor público de separarse de su cargo para poder participar en un proceso electoral tiene como finalidad hacer más equitativa la contienda, prevenir el uso indebido de recursos públicos y evitar la promoción personalizada de quienes al amparo del ejercicio de sus funciones tendrían una cobertura mediática incomparablemente mayor que la del resto de sus competidores.

Los defensores de la “Ley Gandalla” afirman que no hay de qué preocuparse, ya que los funcionarios que quieran reelegirse no cobrarán su dieta, no podrán utilizar recursos públicos con fines electorales, no ocuparán al personal adscrito al Congreso durante su horario laboral en la realización de actos de campaña, no recibirán recursos para gestiones sociales y estarán impedidos a condicionar a la ciudadanía los programas sociales a cambio de su voto. A ellos solo les puedo responder que todas estas prohibiciones ya estaban contempladas en la legislación electoral vigente, por lo que de todas formas hubieran tenido que acatarlas, lo que nos preocupa es que precisamente por mantener su cargo durante el proceso electoral tendrán mayores posibilidades de quebrantarlas haciendo uso de sus facultades metalegales. Por ello, el que puedan reelegirse sin separarse del cargo no es un avance, es un retroceso.

Afortunadamente, este martes 18 de agosto diversos grupos de ciudadanos organizados lograron entregar más de 60 mil firmas al Instituto Estatal Electoral para solicitar la realización de un referéndum constitucional en el que se someta a la voluntad de los ciudadanos el destino de esta “Ley Gandalla”. Desde un principio apoyé con mi firma este valioso esfuerzo cívico y reafirmaré este apoyo el día que tengamos que salir a votar para rechazarla de manera definitiva.

Invito a toda la ciudadanía a que esté al pendiente del trámite de dicha solicitud y que en la próxima elección demostremos nuevamente que el pueblo de Baja California no se deja y no tolera ninguna clase de actos gandallas.


Como la mayoría de ustedes ya lo sabe, el pasado 11 de mayo del presente año el Congreso del Estado aprobó el dictamen 37 relativo a la reforma de los artículos 16, 78 y 80 de la Constitución Política de Baja California, popularmente conocida como “Ley Gandalla”, debido a que se abrió la posibilidad para que diputados y alcaldes participen en el proceso electoral buscando su reelección consecutiva sin necesidad de pedir licencia para separarse del cargo.

Posteriormente esta reforma fue enviada a los cinco ayuntamientos de la entidad para que fuera votada de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 112 de la Constitución estatal, siendo rechazada por el de Tecate, aprobada de manera expresa por el de Rosarito y de manera tácita por los de Ensenada, Mexicali y Tijuana, pues al no ser discutida ni votada por éstos debido a la negativa de los respectivos alcaldes de convocar a sesión para hacerlo, debe de entenderse como aceptada según lo señalado en nuestro máximo ordenamiento local.

Finalmente, el 16 de junio fue declarada la procedencia de la reforma y publicada en el Periódico Oficial del Estado el mismo día.

Con esto, Baja California se convertiría en la entidad 16 en la que a los legisladores no se les exige separarse del cargo y la 19 en la que tampoco es un requisito para los integrantes de los ayuntamientos. Lo cual fue posible a raíz de la reforma político electoral de 2014 en la que en los artículos 115 y 116 de la Constitución federal se estableció la posibilidad de la reelección consecutiva para los miembros del Congreso de la Unión, de los Congresos locales y los ayuntamientos, pero desde entonces se anticipó un duro debate acerca de los diversos retos que implicaría la legislación y reglamentación secundaria de estas reformas tanto a nivel nacional como el local, y precisamente el relativo a la separación o no del cargo de quienes pretendieran reelegirse era uno de ellos.

En lo personal, independientemente de la legalidad o constitucionalidad de la “Ley Gandalla”, puedo decir que fue aprobada de una manera irresponsable e inmoral gracias a una estrategia deliberada con la que los presidentes municipales de Ensenada, Mexicali y Tijuana, al no convocar a sus respectivos ayuntamientos para votarla, impidieron su sana y necesaria discusión democrática con la que la ciudadanía hubiera podido conocer todos los argumentos a favor y en contra de la misma y contar con información que le permitiera evaluar el sentido del voto de cada uno de sus representantes. En cambio, los alcaldes prefirieron lavarse las manos, no ensuciar su imagen y dejar a otros lo que era muy incómodo para ellos.

Por otro lado, es cierto que, en comparación con otros países, el nuestro aprueba de manera tardía la reelección de sus representantes por los traumas institucionales que marcaron nuestra historia política, pero aunque se superen éstos no deben de olvidarse, por el contrario, deben de ser considerados al momento de diseñar la regulación de esta figura. Recordemos que el requisito que se le impone a todo servidor público de separarse de su cargo para poder participar en un proceso electoral tiene como finalidad hacer más equitativa la contienda, prevenir el uso indebido de recursos públicos y evitar la promoción personalizada de quienes al amparo del ejercicio de sus funciones tendrían una cobertura mediática incomparablemente mayor que la del resto de sus competidores.

Los defensores de la “Ley Gandalla” afirman que no hay de qué preocuparse, ya que los funcionarios que quieran reelegirse no cobrarán su dieta, no podrán utilizar recursos públicos con fines electorales, no ocuparán al personal adscrito al Congreso durante su horario laboral en la realización de actos de campaña, no recibirán recursos para gestiones sociales y estarán impedidos a condicionar a la ciudadanía los programas sociales a cambio de su voto. A ellos solo les puedo responder que todas estas prohibiciones ya estaban contempladas en la legislación electoral vigente, por lo que de todas formas hubieran tenido que acatarlas, lo que nos preocupa es que precisamente por mantener su cargo durante el proceso electoral tendrán mayores posibilidades de quebrantarlas haciendo uso de sus facultades metalegales. Por ello, el que puedan reelegirse sin separarse del cargo no es un avance, es un retroceso.

Afortunadamente, este martes 18 de agosto diversos grupos de ciudadanos organizados lograron entregar más de 60 mil firmas al Instituto Estatal Electoral para solicitar la realización de un referéndum constitucional en el que se someta a la voluntad de los ciudadanos el destino de esta “Ley Gandalla”. Desde un principio apoyé con mi firma este valioso esfuerzo cívico y reafirmaré este apoyo el día que tengamos que salir a votar para rechazarla de manera definitiva.

Invito a toda la ciudadanía a que esté al pendiente del trámite de dicha solicitud y que en la próxima elección demostremos nuevamente que el pueblo de Baja California no se deja y no tolera ninguna clase de actos gandallas.