Pocos reos alcanzarán amnistía

Se calcula que apenas 100 personas estarían entre las beneficiadas en Baja California

Andrea Jiménez | La Voz de la Frontera

  · jueves 5 de enero de 2023

El penal de El Hongo concentra al mayor número de reos en Baja California | Archivo | La Voz de la Frontera

A poco más de cuatro meses de su aprobación por el Congreso de Baja California, autoridades estatales aún no aplican la Ley de Amnistía, debido a que aún no se crea el reglamento respectivo.

Maria Elena Andrade Ramírez, comisionada del Sistema Estatal Penitenciario, indicó que el tema del reglamento corresponde a cuestiones legislativas y otros procesos, no a la dependencia a su cargo, y que no hay una fecha específica para comenzar la implementación de la ley.

Agregó que ya se han analizado algunos casos para ver si cumplen los requisitos para ser beneficiados por la ley, como ser parte de una población vulnerable o que el delito se haya cometido en circunstancias de injusticia.

“Serían casos específicos, de impacto social o de injusticias; serían pocos casos, 100, si acaso, siempre y cuando reúnan los requisitos”.

Además del reglamento, la funcionaria señaló que tampoco se ha creado el comité al que le corresponderá aprobar las solicitudes de amnistía, el cual debe ser conformado por representantes de la Secretaría General de Gobierno, jueces penales, la Fiscalía Estatal, defensores públicos y de Derechos Humanos, entre otras dependencias.

La ley de Amnistía para Baja California fue aprobada por el Congreso estatal a finales de agosto de 2022 y busca permitir que personas encarceladas injustamente, por causas políticas o delitos cometidos en el pasado recuperen su libertad.

Este beneficio se ofrece a personas no reincidentes que cometieron el delito de aborto en todas sus modalidades, mientras se diera sin violencia y con el consentimiento de la madre, así como los imputados a personas de pueblos y comunidades indígenas cuando se compruebe que se encuentran en extrema vulnerabilidad.

También pueden solicitarla aquellos acusados por el delito de robo simple y sin violencia que no ameriten una sentencia superior a cinco años de cárcel o por los de narcomenudeo cometidos por personas en situación de extrema pobreza, con discapacidad permanente o de forma obligada, entre otros.